miércoles, 15 de diciembre de 2010

Séptima reunión del periodo de consultas del ERE extintivo de Artenius San Roque S.A.U. 114/2010. 14 de diciembre de 2.010.

En ésta séptima y última reunión del periodo de consultas del ERE extintivo 114/2010 asisten como asesores de los representantes del CCOO del Comité de Empresa dos de los abogados del gabinete jurídico contratado por éstos y por algunos de los trabajadores.

La Sección Sindical de CCOO en Artenius San Roque, representada por el trabajador Sr. Juan J. Puerta -del colectivo de oficinas- manifiesta que está en disposición de firmar un acuerdo en los términos planteados por la Dirección de la Empresa con la mejora del Plan Social expuesto con anterioridad y que esta disposición está avalada por el Sindicato CCOO y por la Asamblea de Trabajadores celebrada el 13 de diciembre convocada conjuntamente por CCOO y UGT. El Sr. Manuel Méndez representante de UGT del Comité de Empresa, como ha sido habitual en anteriores reuniones, suscribe lo anteriormeente expresado por el Sr. Juan J. Puerta.

El Comité de Empresa hace entrega a la Dirección de Artenius del documento de Impugnación de la Asamblea de Trabajadores mostrado más abajo para que ésta lo recepcione. El Presidente del Comité de Empresa, Sr. Jorge Cañada, manifiesta que han impugnado la asamblea por entenderla ilegal al no ajustarse a lo establecido en el Estatuto de Trabajadores celebrada por los sindicatos con algunos de los trabajadores de Artenius el día 13 de diciembre y solicita que se continúen las reuniones de la Mesa de Negociación hasta alcanzar un acuerdo.

La Dirección de Artenius quiere saber la postura del acuerdo alcanzado con las Secciones Sindicales de los restantes miembros de la Mesa Negociadora a lo que los cuatro representantes de UGT del Comité responden que se adhieren al Acuerdo alcanzado con las Secciones Sindicales de CCOO y UGT previamente refrendado en Asamblea de Trabajadores.

A la pregunta planteada el Sr. Antonio Caro, representante de CCOO del Comité de Empresa, se abstiene.

Tras un receso, no concedido antes por la Dirección de la Empresa, en el que el Comité de Empresa -los cinco representantes de CCOO- se reúne, el citado Comité manifiesta que se abstiene a la pregunta planteada en la Mesa como Órgano Colegiado y que sus manifestaciones son unitarias.

La Dirección de Artenius manifiesta que ha terminado el periodo de consultas del ERE extintivo con acuerdo con la representación sindical, ratificado por la mayoría de la plantilla, y que se pone fin a las negociaciones y al periodo de consultas sin que exista ni rechazo ni adhesión por parte del Comité de Empresa al acuerdo alcanzado por ésta con las Seccciones Sindicales de CCOO y UGT de la Empresa.


El Comité de Empresa manifiesta que no hay acuerdo ninguno sobre el que pronunciarse.

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Escrito de impugnación de Asamblea de Trabajadores presentando ante la Delegación de Empleo de la Junta de Andalucía en Cádiz con fecha 13 diciembre 2.010.
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Acta 7ª reunión del periodo de consultas del ERE 114/2010. 14 diciembre.



¡NO AL ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!

Sexta reunión del periodo de consultas del ERE extintivo de Artenius San Roque S.A.U. 114/2010. 10 de diciembre de 2.010.

En esta sexta reunión los sindicatos deciden, sin contar con el Comité de Empresa y no respetando las exigencias establecidas en el art. 77 del Estatuto de los Trabajadores, llevar a una Asamblea de Trabajadores la reestructuración planteada por la Dirección de Artenius en los términos detallados en anteriores actas -41 trabajadores se quedarían trabajando en Artenius, con el mismo nombre y CIF, 19 trabajadores pasarían integrados a Cepsa Química Guadarranque con contrato nuevo y 31 trabajadores serían despedidos- con el fin de que sea ratificada por los Trabajadores, el día 13 de diciembre. Los sindicatos ofrecen a la empresa firmar un preacuerdo aceptanto la propuesta planteada por Cepsa Química.

El Comité de Empresa manifiesta que está dispuesto a aceptar el acuerdo, pero se debería avanzar en los temas solicitados por ellos. El Comité le recuerda a la Mesa Negociadora que la posición del Comité está consensuada por todos los miembros y avalada por acuerdo unánime de un Pleno del Comité al inicio del periodo de consultas, insistiendo en que la mesa de negociación del ERE se constituya en reunión permanente hasta alcanzar un acuerdo que satisfaga a la partes creyéndolo éste posible.

Con repecto a la manera de llevar la negociación el Comité manifiesta que la Empresa no está respetando los principios de buena fe, con abuso de derecho y coacción hacia el Comité de Empresa, al pretender llevar un acuerdo final con los sindicatos, no avalado por el Comité y que no vela por los intereses de todos los trabajadores, a una Asamblea de Trabajadores en la que no cabe duda que saldrá adelante la propuesta de la Empresa.

Los cuatro representantes de UGT del Comité aceptan la propuesta de la reestructuración que propone la Empresa porque entienden que es la mejor opción para la mayoría de los Trabajadores desmarcándose de la postura inicial tomada en el último Pleno del Comité y sin haberse celebrado ningún otro Pleno del Comité para modificar su postura.

La Dirección de Artenius representada en éstas reuniones por el Director de Recursos Humanos, Sr. Luís David Ocaña, manifiesta que no es posible admitir las peticiones planteadas por el Comité y entiende que el Comité no desea el acuerdo. De manera que la Dirección de Artenius tras la aceptación de la propuesta presentada por Cepsa Química por parte de la representación sindical y la intención de llevarla por éstos a una Asamblea de Trabajadores, excluyendo al Comité de Empresa, empezará a redactar un borrador de acuerdo para su posterior firma en la próxima reunión por la representación sindical .

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Acta 6ª reunión del periodo de consultas del ERE 114/2010. 10 diciembre.

¡NO AL ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!

martes, 14 de diciembre de 2010

Quinta reunión del periodo de consultas del ERE extintivo de Artenius San Roque S.A.U. 114/2010. 9 de diciembre de 2.010.

A partir de esta reunión la Dirección de Artenius lo único que pretende es que el Comité de Empresa acepte o no la propuesta de reestructuración tal cual está definida, sin negociar nada de la misma, para forzar la finalización del periodo de consultas. La Dirección de Artenius lo único que ofrece a los 31 trabajadores que queden afectados por la medida extintiva, como Plan Social, es una oferta de reciclaje en la profesión habitual de cada trabajador implicado por un periodo de 3 meses.

Tanto los sindicatos como el Comité coinciden en que tanto las indemnizaciones como el Plan Social propuesto por la Dirección para las 31 extinticiones de contrato, si las hubiera, son insuficientes y que la Empresa debería hacer un esfuerzo al respecto.

El Comité de Empresa pone de manifiesto en esta reunión que lo que se está tratando en la Mesa de Negociadora es un acuerdo de compraventa realizado por dos empresas de forma privada en el que no ha intervenido el Comité para tratar las condiciones laborales de los trabajadores o de cualquier otro tipo en las que quedarían los trabajadores.

El Comité no entiende que no pueda haber un periodo de voluntariedad con los trabajadores que serán asignados a las 31 extinciones bajo unos criterios que no son objetivos.

El Comité manifiesta que es La Seda de Barcelona la que impide alcanzar un acuerdo y que la situación de la empresa es de venta y no de quiebra técnica.

La Dirección insiste en que necesitan una respuesta final sobre la aceptación o no de la reestructuración de la plantilla y que ésta se concrete antes de la finalización de la reunión.

La reunión ahora se desdobla debido a que los sindicatos y los representantes de UGT del Comité sólo necesitan 30 minutos para valorar la propuesta de la Dirección y aceptarla íntegramente a excepción de aumentar hasta 9 meses el ofrecimiento de la empresa de recolocación, con la intención de llevarla a una Asamblea de Trabajadores. La empresa acepta los 9 meses pedidos.

Los representantes de CCOO del Comité piden posponer la reunión durante 2 horas y media para valorar la situación por lo que la reaundan transcurrido este tiempo y manifiestan que es una falta de buena fé haber reanudado la reunión sin la presencia de los cinco representantes de CCOO del Comité y ven este acto como una coacción tanto de la empresa como de los sindicatos.

El Presidente del Comité manifiesta que la Empresa no atiende a ninguna de las propuestas realizadas por el Comité, y que es Artenius quien no está propiciando que se logre el acuerdo, ya que no da alternativas ni en la voluntariedad de las bajas, ni al considerar éstas como despidos improcedentes. Los representantes de CCOO del Comité consideran que La Seda de Barcelona debería hacer una mayor esfuerzo con el colectivo de los 31 trabajadores cuyos contratos pretende extinguir y no dar menos de 45 días por año trabajado como indemnización si se produce la venta.

La Dirección de Artenius sigue sin propiciar acuerdos con el Comité al seguir manteniendo una postura intransigente con respecto a todas sus peticiones y lo único que le interesa es un SÍ o un NO a la reestructuración. En este punto de la reunión la Dirección de Artenius en un acto de total autoritarismo considera que el Comité NO está de acuerdo con la reestructuración y así lo manifiesta en el acta.

El Comité de empresa manifiesta que si la empresa entiende eso está en su derecho, pero recuerda que está dispuesto a alcanzar un acuerdo con la empresa.

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Acta 5ª reunión del periodo de consultas del ERE 114/2010. 9 diciembre.


¡NO AL ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!


lunes, 13 de diciembre de 2010

Cuarta reunión del periodo de consultas del ERE extintivo de Artenius San Roque S.A.U. 114/2010. 2 de diciembre de 2.010.

La Dirección de Artenius San Roque sigue con la postura inmovilista sin querer negociar nada y comunica a la Mesa de Negociación que la Empresa no contempla la apertura de ningún periodo de bajas voluntarias, ni tampoco la posibilidad de prejubilaciones. La Dirección de la empresa sólo quiere hablar de una de las dos opciones planteadas en anteriores reuniones y quiere saber de cuál de ellas quiere hablar la parte social: o 91 extinticiones de contratos o la reestructuración de la plantilla tal y como está planteada en anteriores reuniones, lo que supondría 31 despidos.

Ante esta postura de la Empresa los sindicatos CCOO y UGT y los cuatro representantes de UGT del Comité (3 de ellos del colectivo de oficinas y uno del colectivo de operaciones) deciden querer hablar de la reestructuración de la plantilla, lo que implica que aceptan el despido de 31 de los 91 trabajadores actualmente contratados en la planta sanroqueña.

El Presidente del Comité manifiesta que hay posibilidad de acuerdo exponiendo en la reunión la postura de los cinco representantes de CCOO (los cinco del colectivo de operaciones). Dicha postura se ha hecho pública a través de un comunicado a los medios de comunicación, de este comunicado se hace eco el periódico Andalucía Información y cuyo enlace mostramos más abajo.

Comunicado del Comité de Empresa de Artenius:

http://www.andaluciainformacion.es/portada/?i=17&a=154034&f=0


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Acta 4ª reunión del periodo de consultas del ERE 114/2010. 2 de diciembre.


¡BASTA YA DE ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!

domingo, 12 de diciembre de 2010

Tercera reunión del periodo de consultas del ERE extintivo de Artenius San Roque S.A.U. 114/2010. 30 de noviembre de 2.010.

Durante la tercera reunión correspondiente al periodo de consultas del ERE extintivo en el que la plantilla de Artenius San Roque está inmersa, el Presidente del Comité de Empresa, Sr. Jorge Cañada, comunica a la Dirección que el Comité estaría dispuesto a aceptar la reestructuración, sin carmbiar una coma, siempre que se ofrezca la recolocación de los trabajadores que constituyeran el excedente, si lo hubiera, tras la reestructuración en el Grupo Cepsa.

El Comité de Empresa sigue reiterando que se ofrezca un periodo de bajas voluntarias incentivadas con un mínimo de 45 días por año trabajado ante la improcedencia de los despidos ya que continua la actividad y las tareas asignadas a los puestos de trabajo.

El Sr. Jorge Cañada, Presidente del Comité de Empresa, propone a la Dirección de la Empresa que se constituya en reunión permanente la Mesa Negociadora hasta alcanzar un acuerdo que satisfaga a las dos partes.

A lo largo de esta tercera reunión y debido a la inmovilidad de la postura de la empresa a llegar a acuerdos el Comité solicita a la Dirección de Artenius San Roque que invite al comprador (Cepsa) a formar parte de la Mesa Negociadora de manera formal y por escrito, solicitando que se dé traslado de la respuesta de Cepsa. El Comité solicita que Artenius traslade que se ha invitado al comprador a la Dirección corporativa de La Seda de Barcelona.

Cepsa Química responde públicamente a la Mesa Negociadora dos días más tarde de celebrarse la tercera reunión a través de un comunicado-advertencia enviado a los medios de comunicación. El comunicado se muestra más abajo con un vínculo a una de las notas de prensa que se han hecho eco del mismo. Con este comunicado de Cepsa se hace patente que el margen de maniobra, para negociar, de la Mesa Negociadora en el ERE extintivo actual de San Roque es nulo dado que ya se ha negociado TODO entre Cepsa y La Seda de Barcelona a otros niveles.

Cepsa advierte que si no se cumplen las condiciones pactadas no comprará la planta de Artenius San Roque. 1/12/2010. Fuente: Andalucía Información.

http://www.andaluciainformacion.es/portada/?h=1&p=1&a=153872&ht=artenius

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Acta 3ª reunión del periodo de consultas del ERE 114/2010. 30 de noviembre.


¡BASTA YA DE ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!

sábado, 11 de diciembre de 2010

Segunda reunión del periodo de consultas del ERE extintivo de Artenius San Roque S.A.U. 114/2010. 26 de noviembre de 2.010.

La Dirección de Artenius San Roque no deja entrar a dos trabajadores como asesores del Comité de Empresa, hecho que venía siendo habitual desde hace años en las reuniones tanto de Convenio Colectivo como de negociación de Expedientes de Regulación de Empleo.

En la segunda reunión del periodo de consultas del ERE extintivo 114/2010 la empresa entrega el Plan de Acompañamiento Social, explica la nueva estructura a adoptar por Artenius San Roque (41 trabajadores seguirían trabajando bajo las siglas y el CIF de Artenius, 19 trabajadores de Artenius pasarían a la estructura de Cepsa Química Guadarranque con nuevo contrato y habría un excedente de plantilla de 31 trabajadores de Artenius), explica los criterios objetivos para seleccionar a los trabajadores que se quedan contratados y responde al escrito presentado en la primera reunión por el Comité de Empresa.


















Acta 2ª reunión del periodo de consultas del ERE extintivo 114/2010. 26 noviembre.

- Plan de Acompañamiento Social.



- Criterios objetivos para seleccionar a los trabajadores que se quedan contratados.




- Respuesta de la Dirección al escrito presentado por el Comité de Empresa en la 1ª reunión del 19 de noviembre.



¡BASTA YA DE ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!

viernes, 10 de diciembre de 2010

Primera reunión del periodo de consultas del ERE extintivo de Artenius San Roque S.A.U. 114/2010. 19 de noviembre 2.010.

Antes de la primera reunión correspondiente al periodo de consultas del ERE 114/2010, 15 de noviembre, el Presidente del Comité de Empresa convoca un pleno extraordinario del Comité en el que, por unanimidad y manifestados por el Sr. Jorge Cañada, se acuerdan los principios generales que debe seguir el Comité y que se enumeran en el documento mostrado más abajo.

Recordemos que los representantes de CCOO del Comité de Artenius son Jorge Cañada (Presidente), Francisco Rueda (Secretario), Marco Morales, Carlos Cañada y Antonio Caro. Los representantes de UGT del Comité son Manuel Méndez, Thomas Chipidza, Rosario González y Magdalena Benito.

Todos los representantes de CCOO del Comité pertenecen al colectivo de operaciones de la planta. Los representantes de UGT del Comité, excepto Thomas Chipidza que pertenece al colectivo de operaciones, pertenecen al colectivo de oficinas. La representante de UGT, Rosario González es, además, la secretaria del Director de la planta.

De todos los asistentes a la reunión los únicos que no son de la plantilla de Artenius son el Sr. Enrique Fernández, que aunque sea el Secretario General de Andalucía de FITEQA-CCOO no asesora a los representantes de CCOO del Comité de Empresa sino a otros "interlocutores" que son de CCOO y que ha designado la Dirección, la Sra. Monserrat Alonso y el Sr. José Serrano, éstos dos últimos abogados y asesores de la Dirección de Artenius.

Tanto los representantes de CCOO como los de UGT del Comité acuerdan que la empresa tendría que identificar quién es su interlocutor para el periodo de consultas en la mesa de negociación, que no cabe un ERE extintivo a la totalidad de la plantilla dado que la planta está inmersa en un proceso de venta y que, en caso de que hubiese que pactar indemnizaciones sean como mínimo de 45 días por año trabajado más la reposición de las prestaciones por desempleo consumidas por los trabajadores en los sucesivos EREs anteriores desde hace dos años.

Veremos cómo a lo largo de las reuniones del periodo de consulta del ERE extintivo los representantes de UGT del Comité no defienden los principios generales acordados en la Reunión Extraordinaria del Comité de Empresa del día 19 de noviembre. Todos y cada uno de los nueve miembros del Comité de Artenius avalaron seguir estos principios con su firma en el Acta de la Reunión Extraordinaria del Comité.



Acta reunión extraordinaria Comité de Empresa. 19 nov 2010.



















Acta 1ª reunión del periodo de consultas del ERE 114/2010. 19 nov 2010.

Abajo les mostramos el documento entregado por el Comité de Empresa a la mesa negociadora el pasado 19 de noviembre dentro de la primera reunión del periodo de consultas del ERE extintivo 114/2010.














Durante la primera reunión se anuncia que Cepsa Química S.A. ha alcanzado un acuerdo con La Seda de Barcelona y Artenius San Roque S.A.U. para la adquisición mediante compraventa del 100% del capital de esta última por parte de Cepsa Química. La consumación de la compraventa está sujeta a la realización por LSB y Artenius San Roque de una reestructuración de la plantilla de Artenius San Roque.


Comunicado a la CNMV de la compraventa de Artenius San Roque por parte de Cepsa Química S.A.



¡NO AL ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!

Comunicado del Presidente del Comité de Artenius San Roque (Sr. Jorge Cañada). 10/12/2010.

El Presidente del Comité de Empresa de Artenius San Roque, Jorge Manuel Cañada Moreno, por las facultades que la ley le confiere, desea hacerle llegar el siguiente comunicado:

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La dirección de la empresa ignora al Comité de Empresa, en la Mesa Negociadora del Expediente Extintivo, sin atender ninguna de sus propuestas. Dada la actitud intransigente e inmovilista adoptada por la empresa, queremos poner de manifiesto que la negociación se está llevando a cabo por la empresa sin respeto a los principios de buena fe, con abuso de derecho y coacción hacia el Comité de Empresa.

Se pretende, para pasar por encima del Comité de Empresa, llevar el acuerdo final a una Asamblea de Trabajadores en la que sin duda saldrá adelante la propuesta de la empresa, que no vela por los intereses de todos los trabajadores.

El Comité de Empresa ha propuesto que se sigan haciendo reuniones hasta agotar el Periodo de Negociación sin recibir la aceptación de la empresa, por lo que seguimos insistiendo en la propuesta de Reuniones Permanentes hasta alcanzar un acuerdo.

La Delegación de Empleo de la Junta de Andalucía ha obviado diversos escritos dirigidos por el Comité de Empresa y su Gabinete Jurídico, alertándola de esta situación irregular que deja en desamparo a los trabajadores y al propio Comité de Empresa.

Por todo lo anterior, la empresa no deja otra vía al Comité de Empresa, en defensa de los derechos de todos los trabajadores de Artenius San Roque, que la adopción de medidas legales.

Finalmente, anunciar que mañana sábado 11 de diciembre de 2010 se dirime, en el Tribunal Superior de Justicia, la primera de las denuncias interpuestas por el Comité de Empresa, en los juzgados de lo social, por Vulneración de Derechos Fundamentales, al negar la Negociación Colectiva al Comité de Empresa los sindicatos CC.OO y U.G.T, la Junta de Andalucía y la empresa.

Jorge Manuel Cañada Moreno
Presidente del Comité de Empresa
Artenius San Roque

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Este comunicado del Comité de Empresa, por las facultades que la ley le confiere, le es remitido por:

Francisco José Rueda Sevilla
Secretario del Comité de Empresa
Artenius San Roque


¡BASTA DE ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!

jueves, 2 de diciembre de 2010

Comunicado del Comité de Empresa de Artenius tras la presentación del ERE extintivo 114/2010 y noticia de la compra de la planta por Cepsa. 2/12/2010.

El Comité de Empresa de Artenius San Roque, a través de su presidente y secretario y las facultades que la ley les confiere, emite el siguiente comunicado a los medios:

El Comité de Empresa de Artenius San Roque ha solicitado a la Delegación de Trabajo de la Junta de Andalucía la retirada del Expediente Extintivo a la totalidad de la plantilla, basándose en el “Hecho Relevante” de la compra de Artenius San Roque por parte de Cepsa, comunicado a la CMNV e instado a la Delegación a tutelar una Mesa de Negociación donde estén las partes implicadas (Comprador, vendedor y Comité de Empresa).

El Comité de Empresa de Artenius San Roque ha denunciado en los tribunales la situación en que éste se encuentra en la Mesa de Negociación actual, ya que no se respeta lo articulado en la Ley respecto a la representatividad del mismo.

La empresa ha expresado las condiciones del comprador (Cepsa) y que se resumen en lo siguiente:

- 41 trabajadores en Artenius, que continuará con su mismo nombre y CIF, en las que no se permite acordar las condiciones laborales en las que quedarán.

- 19 recolocaciones en Cepsa Química, con nuevo contrato en las que aparecerán cláusulas de mantenimiento de la antigüedad.

- 31 extinciones de contrato.

Estas condiciones determinadas con una llamada “necesidades objetivas”, son tan detalladas que no hace falta poner nombres para que cada trabajador sepa en qué colectivo de los anteriormente indicados se encuentra.

No obstante, el Comité de Empresa de Artenius San Roque está dispuesto a firmar la reestructuración planteada por la empresa, sin cambiar una sola coma, siempre y cuando se cumplan dos requisitos:

1. Recolocación de todos los trabajadores en la empresa compradora (Cepsa) y no solo para un determinado colectivo, como se pretende ahora.

2. Se proponga una salida mediante bajas voluntarias incentivadas, con un mínimo de 45 días por año trabajados, como corresponde por Ley ante la improcedencia de dichos despidos.

El Comité de Empresa de Artenius San Roque no participará en ninguna asamblea de trabajadores, promovidas por los sindicatos CC.OO. y U.G.T., en la que se hace un uso fraudulento de la misma, ya que los trabajadores que tienen su puesto de trabajo asegurado votarán para despedir a los que no lo tienen, como ya ha sucedido en anteriores ocasiones. Hay que señalar que las asambleas de trabajadores, tienen que ser promovidas y presididas por el Comité de Empresa, tal y como se articula en el E.T.

No es cierto como se ha dicho por parte de los sindicatos que se salvará con el acuerdo a un 70% de la plantilla, ya que venimos de una plantilla de 147 trabajadores cuando LSB la compró a Eastman y solo quedarían 60 tras la adquisición de Cepsa, con la consiguiente destrucción de puestos de trabajo, injustificado debido a la continuidad de la actividad y las tareas asociadas a esos puestos de trabajo, que pretenden sean cubiertas desde el Grupo Cepsa.

San Roque, 1 de diciembre de 2010.


Jorge Manuel Cañada Moreno___________Francisco José Rueda Sevilla
Presidente del comité de empresa_______Secretario del comité de empresa
de Artenius San Roque________________de Artenius San Roque


¡NO AL ERE EXTINTIVO!

viernes, 19 de noviembre de 2010

Cepsa Química, S.A. ha alcanzado un acuerdo firme con La Seda y Artenius San Roque para la adquisión mediante compraventa de Artenius SR. 19/11/2010.

En la primera reunión para la negociación del ERE extintivo, de la totalidad de la plantilla de Artenius San Roque, presentado el pasado 15 de noviembre por la Dirección de Artenius San Roque ante la Delegación de Empleo de Cádiz se ha anunciado que:

Cepsa Química S.A. ha alcanzado un acuerdo firme con La Seda de Barcelona, S.A. para la adquisión mediante compraventa del 100% del capital social de Artenius San Roque por parte de Cepsa Química.

La información sobre el citado anuncio se puede consultar más abajo en el enlace del comunicado que Cepsa ha realizado a la CNMV (Comisión Nacional de Mercado de Valores.

Enlace de la noticia en Hechos Relevantes del día 19/11/2010, nº de registro 133344. Entidad: COMPAÑIA ESPAÑOLA DE PETROLEOS, S.A.

Enlace directo a la noticia:

http://www.cnmv.es/Portal/HR/ResultadoBusquedaHR.aspx?division=1&nif=A-28003119

¡ÁNIMO COMITÉ!

lunes, 15 de noviembre de 2010

Artenius San Roque presenta ERE extintivo a la totalidad de la plantilla. 15/11/2010.

Esta tarde ha sido presentada la documentación del ERE extintivo a la totalidad de la plantilla (91 trabajadores), del centro de trabajo que La Seda de Barcelona tiene en las instalaciones de la planta de PET de San Roque (Cádiz), ante la Delegación de Empleo de Cádiz.

Durante esta semana el Comité de Artenius San Roque, las secciones sindicales de U.G.T. y CC.OO. y la Dirección de Artenius San Roque mantendrán la primera reunión una vez abierto el período de consultas (véase art. 8 del RD 43/1996 a pié de página).



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Estatuto de los Trabajadores. Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Artículo 51. Despido colectivo.

1. A efectos de lo dispuesto en la presente Ley se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a:


a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
b) El 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.

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Real Decreto 43/1996, de 19 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Regulación de Empleo y de Actuación Administrativa en materia de Traslados Colectivos.

Artículo 8. Período de consultas.

1. El período de consultas entre las partes interesadas tendrá una duración no inferior a treinta días naturales o de quince en el caso de empresas de menos de cincuenta trabajadores. Dicho período podrá entenderse finalizado, cualquiera que sea el tiempo transcurrido, en el supuesto señalado en el artículo 11 de este Reglamento. Durante este período las partes deberán negociar de buena fe sobre las causas motivadoras del expediente y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, aportando para ello cuantas soluciones procedan para atenuar las consecuencias para los trabajadores afectados y posibilitar la continuidad y viabilidad del proyecto empresarial.

2. Las consultas realizadas con las representaciones de los trabajadores y la posición de las partes interesadas en las mismas deberán reflejarse en una o más actas y, en todo caso, en un acta final comprensiva del contenido de las negociaciones mantenidas, con reseña suficiente de la documentación y de los informes que hubieran sido examinados.

3. A la finalización del período de consultas, el empresario comunicará a la autoridad laboral competente el resultado del mismo, acompañado del acta o actas a que se refiere el apartado anterior y, en su caso, el informe a que se refiere el artículo 6.1.d de este Reglamento.


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¡ÁNIMO COMITÉ DE ARTENIUS SAN ROQUE!

¡BASTA YA DE ACOSO EN ARTENIUS SAN ROQUE!


lunes, 9 de agosto de 2010

Comunicado del Comité de Empresa de Artenius San Roque S.A.U. 9 de agosto de 2.010.

El Comité de Empresa de Artenius San Roque S.A.U. nos ha hecho llegar el comunicado abajo detallado, rogando su difusión.

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COMUNICADO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE ARTENIUS SAN ROQUE S.A.U.

El Comité de Empresa, en virtud de las facultades que la Ley le confiere, avalado por la práctica totalidad de la plantilla de Producción de Artenius San Roque, ante las noticias de una inminente venta de la factoría, desea poner de manifiesto que está en condiciones de alcanzar un acuerdo con el posible comprador, contemplando sus necesidades, y que garantice la paz laboral y estabilidad deseadas por todos.


Firmado: D. Jorge Manuel Cañada Moreno, Presidente del Comité de Empresa de Artenius San Roque.

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¡JUNTOS PODEMOS!


lunes, 1 de marzo de 2010

Comunicado del Comité de Empresa de Artenius San Roque tras la aprobación de la ampliación del ETRE 106/2009 por la Delegación de Empleo de Cádiz.


Tras los últimos acontecimientos, presentación el pasado 15 de febrero por parte de la representación legal de la empresa Artenius San Roque S.A.U. de expediente de regulación de empleo para los 94 trabajadores de la plantilla por seis meses y posterior aprobación por la Delegación de Empleo del mismo, el Comité de Empresa nos ha hecho llegar un comunicado al igual que a los medios de comunicación cuyo contenido queremos divulgar con la intención de aclarar ciertos aspectos de esta larga lucha laboral que no están publicados en los medios y consideramos importante sean conocidos.

En el citado comunicado el Comité de Empresa de Artenius quiere aclarar que es falso que el Juez de lo Social de Algeciras no les haya dado la razón en la Sentencia 39/2010, juicio del 15 de enero de 2010, en cuanto a que se hayan vulnerado derechos recogidos en la Constitución, tras la demanda del Comité motivada por la presentación del pasado ERE 106/2009 en el que el Comité no fue designado ni elegido para negociar con la mercantil Artenius San Roque. El tribunal se ha declarado incompetente y, en vista de que hay interpuesta una demanda por lo Contencioso en los tribunales de Cádiz, motivada por la aprobación (creen que “irregular” y cuya resolución está plagada de ilegalidades) del anterior ETRE, se les ha remitido a ese juzgado para su pronunciamiento definitivo, que no a la Administración como se ha publicado erróneamente en algún medio de comunicación. Aquí la Administración será “la parte demandada”. Paralelamente, la denuncia por lo Contencioso será ampliada en breves días por la aprobación de la prórroga del actual ETRE y, de otra parte, tras cumplir con los plazos legales del Suplicatorio interpuesto en Algeciras a resultas de su sentencia, se dará traslado de esta situación al Tribunal Superior de Justicia de Sevilla, por lo que habrá dos vías judiciales abiertas y simultáneas.

Por otro lado, el Comité también quiere aclarar que se habla a veces de un preacuerdo que supuestamente “solo despedía a ocho trabajadores”, cuando en realidad enmascaraba el despido de muchos más trabajadores. Este preacuerdo fue desestimado por los afectados, los de dentro de convenio, y esa es la razón por la cual la Dirección de Artenius y el personal de fuera de convenio, en gran mayoría miembros de la dirección, no votaran en dicho sufragio -como atestiguan las actas de la votación y la firma de los testigos- a pesar de saber que el número de trabajadores despedidos pasaría del ficticio 8 al de 20. Sabían que el resto no tardaría en seguir a los primeros 8 trabajadores despedidos y las exigencias (nunca negociación) serían desproporcionadas e inasumibles por la plantilla.

Aún así el Comité de Empresa, a instancias de esos mismos trabajadores, llegó un momento dado, véase enlace al final de esta entrada del burofax enviado el 2 de septiembre de 2009 a la Dirección de La Seda, a la Dirección de Artenius y a la Delegación de Empleo de la Junta de Andalucía, en que lo daba todo (el Convenio, multifuncionalidad, rebaja de sueldos, etc.) a cambio únicamente de garantías de los puestos de trabajo. La respuesta consistió en dejarlo apartado, mediante argucias e ilegalidades y con la inestimable ayuda de los sindicatos mayoritarios, donde UGT cuenta en el Comité con representantes que son “personal de confianza de la empresa” y donde a CC.OO. no le ha importado lo más mínimo perder a la mayoría de los 80 afiliados con que contaba por esa fecha sobre un total de 114 trabajadores, incluida la dirección.

Por desgracia para la plantilla de Artenius está pasando lo que vaticinaba el Comité entonces; el Convenio Colectivo -y la protección que brinda- se lo están ofreciendo ahora los sindicatos, en pos de firmar unos acuerdos donde no existen ningunas garantías legales y vinculantes de empleo sino promesas vacías que la empresa se encarga sistemáticamente de incumplir siempre con oportunas excusas y dudosas justificaciones, a la empresa.

CC.OO., el sindicato que más dinero está recibiendo por parte del estado actualmente, se quiere quitar de en medio a un Comité legítimo que busca un acuerdo basado en garantías, para poner en su lugar a varias personas de la plantilla de trabajadores afines a su política sindical que, a día de hoy, ya forman parte de su estructura. Si esta planta cierra, éstos tendrán trabajo asegurado en CC.OO. (de las mayores empresas de España, tras el propio Estado, con alrededor de 200.000 empleados si le sumamos los de U.G.T.) en calidad de "recogidos", como lo fue en su día la Sra. Cantero. Por otro lado, otro de los "negociadores" es ni más ni menos que el presidente del Comité de Interquisa, el Sr. Vidal. Todos sabemos que Interquisa es, sin duda, la fábrica más afectada por el ERE de Artenius, al tener las unidades que la abastecen paradas. Creemos que no puede haber alguien más interesado y parcial en este conflicto.

En la votación del lunes pasado sobre la ampliación del ETRE nuevo interpuesto, resalta el comunicado del Comité, consiguieron la mayoría con 51 votos favorables a dicha ampliación, tres votos por encima de los necesarios (47 + 1), y una vez más fue necesario que votara la dirección y el personal de fuera de convenio para la consecución de sus fines. Un caso más, entre tantos que han habido, de “yo voto SI para que te echen a TI”.

Por último el Comité ha hecho mención, en el comunicado de 26 de febrero, a que en Artenius aún no se habían pagado las nóminas de enero ni de febrero al reducido número de trabajadores que quedan activos por mínimos de seguridad en planta, o las cantidades comprometidas en el Plan Social del ETRE 106/2009 (vigente hasta las 00:00 horas de hoy 1 de marzo) aprobado por la Junta de Andalucía al resto, ahora escudados en la crisis interna provocada por parte de los directivos de La Seda con implicaciones de la planta de San Roque, tal y como se atestigua en las investigaciones abiertas por la fiscalía catalana tras denuncias admitidas a trámite por diversos colectivos perjudicados, como el de accionistas. El Comité señala en dicho comunicado que antes también se dejaba de pagar a los trabajadores, a veces durante semanas, como medida de presión.

Venimos de una plantilla de 147 empleados propios y medio centenar más de personal externo. Actualmente Artenius San Roque S.A.U. tiene una plantilla de 94 trabajadores que, con el beneplácito de la Junta de Andalucía y los sindicatos mayoritarios, se verá drásticamente mermada con la “justificación” de más despidos, cuando no aniquilada, para ser vendida al mejor postor. Los trabajadores de Artenius serán contratados, en el mejor de los casos, sin un convenio colectivo que los ampare legalmente y como una contrata de ¿Cepsa? o quien quiera que la compre, al estilo de la que ésta última mantiene en su unidad de Lubrisur. ¿Este es el ejemplo de empleo de calidad que cacarean estos sindicatos mayoritarios por doquier?.


¿Por qué el “caso Artenius” es diferente?.


http://lasedasanroque.blogspot.com/2009/09/rueda-de-prensa-de-la-seccion-sindical_03.html



¡QUE NEGOCIE EL COMITÉ DE EMPRESA!

¡BASTA YA DE ACOSO EN ARTENIUS!

¡CC.OO. Y U.G.T NO NOS REPRESENTAN!

jueves, 25 de febrero de 2010

La Delegación Provincial de Empleo de la Junta de Andalucía de Cádiz amplía el plazo del ERE 106/2009 seis meses más. 25/02/2010.


A pocos días de la finalización del ERE 106/2009, el próximo día 1 de marzo, la Delegación de Empleo de Cádiz aprobó ayer una ampliación del citado ERE por seis meses -1 de marzo de 2010 a 31 de agosto de 2010-.

Los trabajadores de la planta de PET que La Seda de Barcelona tiene en San Roque aún no han cobrado la nómina de enero o las medidas paliativas del ERE, los trabajadores que tienen actualmente suspendido el contrato, consistentes en 250€ mensuales por la suspensión del contrato y, adicionalmente, 500€ mensuales para los trabajadores adscritos al Plan de Formación.

El pasado 15 de febrero la Dirección de Artenius San Roque tramitó un nuevo expediente de regulación de empleo temporal (ETRE) para la suspensión de la relación laboral de los 94 trabajadores adscritos al centro de trabajo de Artenius San Roque por seis meses, del 1 de marzo al 31 de agosto de 2010.

En este nuevo ETRE, la empresa ha vuelto a designar como interlocutores a los Representantes Sindicales de las Organizaciones Sindicales CC.OO. (Sra. Sandra Cantero) y U.G.T. (Sr. Gustavo Vargas) y a los respectivos Secretarios Generales de la Secciones Sindicales de la empresa, Sr. Juan J. Puerta por CC.OO. y Sr. Manuel Méndez por U.G.T. (miembro del Comité de Empresa).

Se han vuelto a vulnerar los derechos del Comité de Empresa al excluirlo por segunda vez de la negociación de un ERE en Artenius San Roque S.A.U..

El Comité de Empresa de Artenius San Roque solicitó el rechazo o la inmediata paralización de este nuevo expediente -del 15 de febrero de 2010- ante la Delegación Provincial de Empleo de Cádiz el pasado 16 de febrero al entender que se están vulnerando los derechos fundamentales del citado Comité de Empresa. Véase documentación adjunta.

¡COMITÉ LEGÍTIMO NEGOCIADOR!